OSPIP a través de sus efectores propios y contratados ofrece una cobertura integral e igualitaria a sus beneficiarios en todo el país asegurando accesibilidad a los servicios médicos. A través de la Atención Médica Primaria orientarán la prestación que se cumplimentará en los efectores contratados públicos o privados. De esta manera la Obra Social garantiza las prestaciones de prevención, diagnóstico y tratamiento médico y odontológico.

¿Quiénes son nuestros Beneficiarios?
Personal de la industria del plástico en relación de dependencia, cónyuge e hijos hasta 21 años de edad no emancipados.
Los hijos solteros mayores de 21 años y hasta los 25 años, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular que cursen estudios regulares reconocidos por la autoridad pertinente.

¿Quiénes pueden ser nuestros Beneficiarios?
Ascendentes por consanguinidad que:

  • Carezcan de Obra Social.
  • Estén a cargo del titular.
  • Vínculo familiar.
  • Mayores de 60 años sin ninguna otra cobertura.
  • Menores de 60 años pero incapacitados y la misma condición anterior.
  • Optantes – Monotributistas.
  • Empleados de Servicio Doméstico.
  • Procedimientos
  • El beneficiario debe confeccionar la Declaración Jurada para poder ser incorporado como beneficiario, siendo presentada la misma en la Delegación correspondiente o en la Sede Central.

Credenciales para Beneficiarios
Una vez realizado el trámite de afiliación la Obra Social confeccionará un Carnet o Certificado Provisorio de Asistencia Médica hasta la entrega del carnet, para poder recibir la cobertura.
Extravío: En caso de extravío, debe concurrir con el último recibo de sueldo a la Sede Central o a cualquier Delegación y solicitar una nueva credencial.
Costo: Las credenciales no tendrán ningún costo para el beneficiario. Las mismas son de uso personal e intransferible.

Acceso a la Prestación
Los Beneficiarios para acceder a las prestaciones enunciadas deberán presentar:

  • Carnet de Beneficiario o Certificado Provisorio de Asistencia Médica.
  • Documento Nacional de Identidad.
  • Último recibo de sueldo o su copia con una antigüedad no mayor de 90 días.
  • Últimos tres pagos de Monotributo y/o Servicio Doméstico.
  • Régimen de Autorizaciones
  • Las órdenes a autorizar deberán tener todos los datos de afiliación (nombre y apellido, número de beneficiario, siglas de la obra social OSPIP). La misma deberá ser legible y será requisito obligatorio el diagnóstico. Tendrá una vigencia de 30 días corridos a partir de la indicación o prescripción.
  • Modalidad de Autorización
  • Para beneficiarios residentes en Capital Federal o Gran Buenos Aires las autorizaciones para prácticas que así lo requieran las realizará directamente el Prestador o el Beneficiario, concurriendo con la orden a autorizar a la Delegación más próxima o directamente a la Sede Central.
  • Para Beneficiarios residentes en el Interior del País, las autorizaciones para prácticas que así lo requieran las realizará directamente el Prestador o el Beneficiario, concurriendo con la orden a autorizar a la Delegación correspondiente.

    Sistema de Gestión de Turnos:
  • Para beneficiarios residentes en Capital Federal o Gran Buenos Aires los turnos se solicitarán personalmente o telefónicamente en la Sede Central, Delegaciones o Consultorios y Clínicas zonales.
  • Para Beneficiarios residentes en el Interior del País, los turnos se solicitarán personalmente o telefónicamente en Consultorios o Clínicas zonales.

    Traslados Programados y Urgencias
  • OSPIP cubre los traslados de aquellos pacientes que no puedan movilizarse por sus propios medios, entre establecimientos de salud; bajo exclusiva prescripción médica y evaluación de la auditoria médica de la Obra Social. Para ello el centro derivador debe comunicarse con la Obra Social, sede central, o bien con la delegación zonal y de allí a central, o al 0800 de la Obra Social, los 365 días del año. En casos de urgencias, la Obra Social cuenta con Abraxas S.A., prestador contratado para las derivaciones de alta complejidad y/o urgencias, quien se ocupa no sólo del traslado sino además, de encontrar el centro receptor.

Promoción y Prevención
Abarca los programas de:

  • Plan Materno Infantil.
  • Prevención prenatal del embarazo normal y patológico.
  • Prevención de recién nacido desde el alta de la maternidad y durante el primer año de vida.
  • Prevención del niño desde el primer año de vida hasta los doce años de edad.
  • Prevención Odontológica Materno – Infantil.
  • Prevención en Ginecología.
  • Prevención en Patología Prostática.
  • Prevención de Salud Sexual y Procreación Responsable.
  • Prevención en HIV SIDA.
  • Prevención de la Diabetes.
  • Prevención de Drogadependencia.
  • Prevención Primaria de Enfermedades Cardiovasculares.
  • Programa de Control de la Persona Sana.
  • Modificaciones en Cartilla.
  • Las modificaciones de la cartilla figurarán en la página web de acuerdo a las altas y bajas de los prestadores. O.S.P.I.P. se reserva el derecho de cambio de prestadores y centros de atención, asegurando siempre la accesibilidad y la calidad de las Prestaciones Asistenciales detalladas en la presente Cartilla. Se realizará anualmente una revisión de la cartilla para asegurar su adecuación a las normas vigentes.

Nivel de Servicio
El nivel de servicio a los beneficiarios es el comprendido por el Programa Médico Obligatorio, habiendo hasta la fecha un único plan de servicios ofrecidos por OSPIP. Si bien no contamos con planes superadores, tenemos algunos beneficios adicionales.

Como beneficio adicional la Obra social ofrece:

  • Cobertura de vacunas para la hepatitis A, varicela, meningitis y antigripal el 100% hasta los 16 años, y 50% a partir de los 17 años.
  • Descuento en medicamentos de hasta un 60% en medicación ambulatoria.
  • Leches maternizadas 2 kg hasta el 6to mes de vida del recién nacido, siempre con indicación médica.
  • Beneficiarios en Tránsito.
  • Todo aquel Beneficiario que deba trasladarse de su lugar de origen a alguna Provincia, deberá consultar a la Delegación correspondiente donde recibirá la información necesaria para su atención.

Consultas, Reclamos o Denuncias
La Superintendencia de Servicios de Salud tiene habilitado un servicio telefónico gratuito para recibir desde cualquier punto del país consultas, reclamos o denuncias sobre irregularidades de la operatoria de traspaso.

El mismo se encuentra habilitado de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas llamando al: 0-800-222-72583 (SALUD) | www.sssalud.gov.ar. Personalmente en el horario de 10:00 a 16:00 hs.| Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 P.B.